Guía para entender la reconversión monetaria en diez pasos


A pocos días de la entrada en vigencia de la reconversión monetaria

MPP-Despacho (Ingrid Carvajal Arroyo/ 17.08.18).- A tres días de entrar en vigencia la reconversión monetaria, el próximo lunes 20, las preguntas y respuestas sobre la circulación y emisión del nuevo Bolívar Soberano van y vienen.

Los laboratorios dirigidos desde la oligarquía nacional y el imperio de los Estados Unidos, se han ocupado en los últimos días en impulsar una matriz de opinión dispuesta a confundir a la población, ante el nuevo hito histórico que la Revolución Bolivariana, liderada por el presidente Nicolás Maduro, da al Programa de Recuperación, Crecimiento y Prosperidad Económica 2018-2025, que en definitiva llevará al país a un nuevo rumbo en materia económica.

Para despejar las dudas dejamos los diez pasos más importantes para entender la reconversión monetaria:

1.- ¿Cuáles son los días feriados bancarios?

El viernes 17, es un día hábil no bancario, para permitir la adecuación de las plataformas tecnológicas de las entidades financieras. El lunes 20, es un feriado bancario. Ambos días no habrán operaciones en taquillas, agencias, oficinas, sucursales y taquillas externas. En los centros comerciales no estarán operativas para el público las actividades bancarias.

2. ¿Por cuánto tiempo suspenden el servicio de banca en línea?

El servicio de las plataformas electrónicas de bancos públicos y privados, será suspendido desde las seis de la tarde del día domingo 19, hasta las seis de la tarde del día lunes 20. Serán 24 horas que quedará paralizado el servicio de banca electrónica.

3. ¿A quién acudir a la hora de una contingencia?

Todo el sistema bancario nacional deberá tener una Sala Situacional para atender a sus clientes durante las 24 horas que permanecerá el servicio electrónico suspendido. Además, será habilitado 24 horas el 0800-SUDEBAN (0800-7833226) para atender cualquier problema que se presente el lunes 20.

4. ¿Las clínicas y hospitales privados aceptarán pagos electrónicos durante la suspensión del servicio electrónico?

Las emergencias deben ser admitidas por las clínicas y hospitales privados, de presentarse alguna novedad con el sistema de presentación de pagos electrónicos.

5. ¿Llegarán las nuevas monedas y billetes del Bolívar Soberano a las zonas afectadas por las lluvias?

Sí. El Comando Estratégico Operacional, a través del Plan de seguridad para el traslado del nuevo cono monetario, garantiza el traslado de las nuevas monedas y billetes a los estados Apure y Amazonas. Además, se prevé una operación especial en los estados fronterizos para evitar la fuga del cono monetario. El Bolívar Soberano llegará directamente al pueblo.

6. ¿Cómo evitarán que las remesas de dinero no se queden en los bancos?

El Plan de seguridad establece visitas imprevistas a las bóvedas de los bancos y a transportes de valores, para garantizar que las remesas lleguen a las entidades financieras. Realizarán monitoreo para que los gerentes de bancos cumpla con la distribución justa y transparente de la nueva emisión de billetes y monedas.

Las empresas de transporte de valores que incumplan o cometan irregularidades serán ocupadas temporalmente para garantizar el servicio y asumirán las consecuencias establecidas en la ley.

7. ¿Cuándo funcionarán los cajeros automáticos nuevamente?

El martes 21 de agosto, los usuarios y usuarias del sistema bancario y financiero nacional, podrán retirar los nuevos billetes de los cajeros automáticos.

8. ¿Qué hacer con los billetes actuales?

Los billetes y monedas metálicas emitidos por el BCV correspondientes a las denominaciones iguales o superiores a mil Bolívares (Bs. 1.000) circularán con normalidad después del 20 de agosto de 2018, debido a que ambos conos monetarios conservaran su poder liberatorio hasta que el ente emisor publique la respectiva resolución de desmonetización del conocido Bolívar Fuerte.

9. ¿Cuáles billetes no seguirán circulando?

El billete de Bs. 500 del actual cono, después de la fecha de la entrada en vigencia del Bolívar Soberano, no circulará a la par de las otras denominaciones (100, 50, 10 y 2 bolívares), por lo tanto serán recibidos en el sistema bancario a través de depósitos.

10. ¿Cómo deberá ser la expresión de precios de bienes y servicios?

A partir del 01 de agosto de 2018 y hasta que el BCV lo disponga, los comercios y proveedores de bienes y servicios deben exhibir los precios expresados en Bolívares (Bs.) y Bolívares Soberanos (Bs. S), a través del uso de habladores, tarifarios, material publicitario o informativo y otros instrumentos o mecanismos que cumplan la misma función que los indicados.

Para conocer con más detalles las Normas que rigen el proceso de reconversión monetaria puedes descargar la Gaceta Oficial Nro. 41.460 en el portal http://172.27.8.174/Site/Web/Principal/paginas/Descargas/res_bcv_18-07-02.pdf


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