TSJ declara constitucionalidad del decreto que prorroga Estado de Alarma


La Sala Constitucional del TSJ señala que el decreto se mantiene incólume

Prensa MPP- Despacho (Ingrid Carvajal Arroyo/ 16.10.20).- La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) declaró la constitucionalidad del Decreto Nro. 4.337 dictado por el Presidente de la República Bolivariana de Venezuela, Nicolás Maduro, mediante el cual se prorroga la declaratoria del Estado de Alarma en todo el territorio nacional, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nro. 6579 Extraordinario del 5 de octubre de 2020, conforme lo prevé el artículo 339 de la Constitución.

Señala la sentencia Nro. 0146-2020 de la Sala Constitucional, en ponencia conjunta de los Magistrados y Magistradas que la integran, que el mencionado decreto entró en vigencia desde que fue dictado y que su legitimidad, validez, vigencia y eficacia jurídico-constitucional se mantiene irrevocablemente incólume, conforme a lo previsto en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.

Finalmente, el fallo ordenó la publicación de la decisión en Gaceta Oficial, en la Gaceta Judicial y en la página web del TSJ.

Foto: Archivo

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