Consejo Nacional Electoral y Unión Europea suscriben un Acuerdo sobre Misión de Observación del 21N
El documento destaca que la MOE-UE y sus miembros mantendrán estricta conducta de imparcialidad, objetividad, independencia y no injerencia en el proceso electoral
Misión de Observación de la Unión Europea asume el compromiso de respetar la soberanÃa nacional
Prensa MPP- Despacho (Ingrid Carvajal Arroyo/ 29.09.21).- El Consejo Nacional Electoral anunció este miércoles la suscripción de un Acuerdo Administrativo sobre la Misión de Observación Electoral de la Unión Europea (MOE-UE) para las Elecciones Regionales y Municipales del 21 de noviembre, con el objetivo de regular las relaciones y responsabilidades entre ambas partes.
Mediante una serie de mensajes en la cuenta oficial de la red social Twitter, @cneesvenezuela, el ente comicial explica: "Este acuerdo deriva de la invitación cursada por el Poder Electoral a la Unión Europea el pasado 17 de mayo de 2021, para que despliegue una misión electoral de cara a las Elecciones Regionales y Municipales 2021".
"Esto en concordancia con lo anunciado por el presidente del Poder Electoral, Pedro Calzadilla en la sesión extraordinaria del CNE celebrada el 11 de mayo de 2021, de garantizar la mayor presencia posible de misiones internacionales en este proceso electoral", refiere.
De igual forma, señala que el acuerdo suscrito entre el CNE y la UE es público y puede ser consultado en el sitio oficial web www.cne.gob.ve.
El documento destaca que la Misión de Observación Electoral de la Unión Europea (MOE-UE) y sus miembros mantendrán estricta conducta de imparcialidad, objetividad, independencia y no injerencia en el proceso electoral y respeto a la soberanÃa y autodeterminación nacional durante el desempeño de su mandato, lo cual incluye entre otros no interferir en la conducta del proceso electoral.
Igualmente queda establecido que la MOE-UE se atendrá al Código de Conducta para Observadores Electorales de la Unión Europea, a la Declaración de Principios de las Naciones Unidas para la Observación Internacional de Elecciones, el Código de Conducta para Observadores Internacionales de Elecciones adoptado por las Naciones Unidas el 27 de octubre de 2005 y a lo dispuesto en el ordenamiento jurÃdico venezolano, especialmente en lo relacionado al acompañamiento, la veedurÃa y la observación Internacional.
De acuerdo con estos preceptos, el CNE brindará la cooperación necesaria a la Misión para el desarrollo de sus actividades, del mismo modo la MOE-UE suministrará al CNE con la antelación apropiada, su plan general de actividades, asà como el número y nombres de los observadores internacionales que conformen la Misión.
Fiel a los principios de transparencia que rigen las acciones del Poder Electoral Venezolano, el CNE garantiza a la MOE-UE la libertad de acceder a los espacios, actores y hechos relativos al voto, tal como se ha acordado en el pasado con otras misiones electorales internacionales que han estado presentes en el paÃs.
Queda claro, además, en el mencionado acuerdo que la MOE-UE en ningún momento se involucrará en el ejercicio o sustracción de las competencias o atribuciones conferidas al Poder Electoral, establecidas en el ordenamiento jurÃdico venezolano.
Fuente: @cneesvenezuela
Foto: Archivo