TSJ determina responsabilidad de la diputada Taina González en delitos contemplados en Ley de Drogas
El magistrado Maikel Moreno, presidente del TSJ, fue el ponente del caso en la Sala Plena, y solicitó a la AN autorización para levantar la inmunidad parlamentaria
Elementos de convicción del MP comprometen a González Rubio por delitos de tráfico ilícito agravado
Prensa MPP- Despacho (ICA/ 02.02.2022).- La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), determinó este martes que la diputada a la Asamblea Nacional (AN), Tina de los Ángeles González Rubio Andara (24), del Psuv-Zulia, tiene responsabilidad en la comisión flagrante de delitos previstos en la ley de Drogas y la Ley Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo.
El TSJ, a través de una Nota de Prensa, indica que la Sala Plena se reunió, con ponencia del magistrado Maikel Moreno, máxima autoridad del Poder Judicial, quien declaró que los hechos enunciados y los elementos de convicción aportados por el Ministerio Público comprometen a la diputada por los delitos de tráfico ilícito agravado en la modalidad de transporte y ocultación, así como el delito de asociación, previsto y sancionado en la Ley contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo.
La diputada Rubio fue detenida el pasado viernes, en Sabana Alta, en Falcón, junto a la alcaldesa del municipio Jesús María Semprúm, (Casigua El Cubo, estado Zulia), Keyrineth Selenia Fernández Epieyu (35), mediante un operativo ejecutado por la Unidad Regional de Inteligencia Antidroga Nro. 13, donde incautaron 6 panelas de cocaína presuntamente transportaban ocultas en una de las dos camionetas donde viajaban la alcaldesa y la diputada.
El magistrado Maikel Moreno, envió una comunicación a la AN donde solicitó la autorización para el levantamiento de la inmunidad parlamentaria que protege a la diputada González Rubio, de acuerdo al orden del día de la sesión del parlamento, realizada en la víspera.
En la comunicación el presidente del Alto Tribunal, invocó el artículo 200 de la Constitución, que señala que "de los presuntos delitos que cometan los o las integrantes de la Asamblea Nacional conocerá de forma privativa el Tribunal Supremo de Justicia, única autoridad que podrá ordenar, previa autorización de la Asamblea Nacional, su detención y continuar su enjuiciamiento".
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