CNE publicó reglamento para acreditación de los testigos de mesa


CNE publicó reglamento para acreditación de los testigos de mesa

Prensa MPP- Despacho (Angel Castillo/ 25.06.2024).- De cara a las elecciones presidenciales del 28 de julio, el Consejo Nacional Electoral (CNE) publicó la resolución número 240620-054, que establece normas especiales y procedimientos para la extensión de credenciales a los testigos electorales de los partidos políticos.

El documento publicado en la página del CNE, está contemplado en la Gaceta Electoral número 1060 con fecha del 20 de junio, e indica en el artículo 3 que las organizaciones con fines políticos o alianzas, que postularon candidatos para las elecciones, deberán consignar ante el ente el listado de las personas autorizadas para presentar los testigos correspondientes entre los días 21 al 27 de junio.

Dicha resolución, resalta: "Solo se permitirá la designación de un autorizado o autorizada a nivel nacional y un máximo de tres autorizados o actualizadas a nivel regional en cada entidad del país, por cada una de las organizaciones con fines políticos participantes, quienes recibirán el usuario para ingresar al Sistema de Acreditación de Testigos (SAT) y realizar su registro correspondiente".

Por su parte, indican en el artículo 4, que se podrán acreditar hasta 24 testigos a escala nacional por cada alianza o por cada organización con fines políticos que se haya postulado candidato a la elección presidencial.

En ese sentido, y siguiendo lo establecido en el artículo 5, las alianzas o las organizaciones podrán designar un testigo principal y dos testigos suplentes ante la Junta Nacional Electoral y por cada mesa.

Foto: Cortesía


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