Tribunal Supremo de Justicia declara constitucional prórroga del Decreto de Emergencia Económica


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La Sala Constitucional declaró la constitucionalidad de la prórroga de 60 días

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) aprobó, el miércoles 10 de junio, la constitucionalidad del decreto n.º 5.356, emitido por la presidenta (E) Delcy Rodríguez, que prorroga el Estado de Emergencia Económica en Venezuela por 60 días.

Esta decisión está reflejada en la sentencia número 724, publicada en el portal del TSJ. El decreto n.º 5.356, publicado en la Gaceta Oficial N.º 7.029 el 8 de junio, extiende la vigencia del anterior decreto n.º 5.314, que había declarado este estado de emergencia el 8 de abril de 2026.

Desde 2016, el presidente constitucional, Nicolás Maduro, ha renovado este decreto, que tiene una duración de 90 días. El primer decreto se publicó el 14 de enero de 2016. La última prórroga anterior la firmó el Mandatario el 3 de enero de este año.

La presidenta (E) Delcy Rodríguez envió el decreto n.º 5.314 para su revisión al TSJ, lo cual se repitió con el n.º 5.356 el 8 de junio para que los magistrados lo analicen y emitan el respectivo pronunciamiento, como efectivamente ocurrió este miércoles.

El artículo 2 del decreto permite a la Presidenta Encargada tomar las medidas necesarias para asegurar el desarrollo y crecimiento económico del país, debido a la emergencia económica.

Algunas de estas medidas son: dictar regulaciones excepcionales, suspender tributos, concentrar la recaudación en el Tesoro Nacional, combatir la evasión fiscal, establecer compras obligatorias de producción nacional, estimular inversiones, autorizar contrataciones y ajustar el crédito público.

Todas estas acciones buscan proteger los derechos de la población y favorecer el aparato productivo nacional.

Prensa MPP - Despacho / Eleonor Sánchez
12.06.2026


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