TSJ autorizó al Ejecutivo Nacional rendir honores de Fabricio Ojeda al Panteón


En la sentencia, publicada en su portal web, el Máximo Tribunal señaló que esta decisión responde a una solicitud realizada por el Ejecutivo Nacional, quien solicitó un recurso de interpretación
Así como lo establece el artículo 187 de la Carta Magna

Prensa Mppdpsgg (Mariangely Carmona 21-01-2017).- La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) autorizó ayer al presidente Nicolás Maduro a rendir honores en el Panteón Nacional al líder revolucionario Fabricio Ojeda, quien fue asesinado durante los gobiernos de la IV República.

En la sentencia, publicada en su portal web, el Máximo Tribunal señaló que esta decisión responde a una solicitud realizada por el Ejecutivo Nacional, quien solicitó un recurso de interpretación del artículo 187 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.

En ese sentido, el artículo 187 de la Carta Magna establece que es facultad de la Asamblea Nacional "acordar los honores del Panteón Nacional a venezolanos y venezolanas ilustres que hayan prestado servicios eminentes a la República, después de transcurridos veinticinco años de su fallecimiento. Esta decisión podrá tomarse por recomendación del Presidente o Presidenta de la República, de las dos terceras partes de los gobernadores o gobernadoras de Estado, o de los rectores o rectoras de las Universidades Nacionales en pleno".

No obstante, el Poder Judicial determinó que, debido al desacato del Parlamento, que se mantiene desde el año pasado, el Presidente puede rendir honores sin consentimiento del Poder Legislativo.

“En consecuencia, se declara que ante la situación de desacato del Poder Legislativo Nacional frente a las decisiones del Tribunal Supremo de Justicia, los honores del Panteón Nacional pueden ser otorgados por el Presidente de la República sin ser acordados por la Asamblea Nacional”, refiere la sentencia.

La AN, conformada en su mayoría por diputados de la derecha, se mantiene en desacato al no cumplir la sentencia del TSJ que ordena desincorporar, en un acto formal en sesión ordinaria, a tres candidatos a diputados al estado Amazonas, que fueron juramentados pese a que cuya elección en 2015 fue impugnada por denuncias de supuesto fraude electoral.

Fin.-



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