Gaceta Oficial autoriza prolongación de vencimiento de pasaporte venezolano


A dos años contando la fecha próxima de vencimiento desde su revalidación

Prensa Mppdpsgg/Thaymara Henríquez/11.10.17.- Bajo la Gaceta Oficial Extraordinaria n° 6.333 y bajo el decreto presidencial n° 3.097 se autoriza que el pasaporte venezolano con fecha próxima de vencimiento puede ser prolongado por un periodo de dos años contándolos desde su revalidación.

A continuación el decreto n° 6 integro:

DECRETO N° 6 EN EL MARCO DEL ESTADO DE EXCEPCIÓN Y DE EMERGENCIA ECONÓMICA MEDIANTE EL CUAL SE AUTORIZA

LA PRÓRROGA DE LOS PASAPORTES VENEZOLANOS

Artículo 1°. El Pasaporte venezolano podrá ser prorrogado por un periodo de dos (2) años, contados a partir de la fecha de su respectiva revalidación, en los términos establecidos en el presente Decreto.

Artículo 2°. Los Ministerios del Poder Popular con competencia en materia de Relaciones Interiores, Justicia y Paz, y de Relaciones Exteriores, dictarán los lineamientos que correspondan a las Secciones Consulares de las Misiones Diplomáticas, Oficinas Consulares y Oficinas del Servicio Administrativo de Identificación Migración y Extranjería (Saime) para proceder a la prórroga de los Pasaportes.

Artículo 3°. Los procedimientos utilizados para la prórroga del pasaporte no podrán vulnerar los demás elementos de seguridad del Documento de Viaje establecidos en el ordenamiento jurídico nacional ni las recomendaciones de la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI).

Artículo 4°. Los Ministerios del Poder Popular con competencia en materia de Relaciones Interiores, Justicia y Paz, y de Relaciones Exteriores, quedarán encargados de la ejecución de este Decreto.

Artículo 5°. El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela.

Dado en Caracas, a los ocho días del mes de octubre de dos mil diecisiete. Años 207° de la Independencia, 158° de la Federación y 18° de la Revolución Bolivariana.

Fin/Foto Archivo


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