Poder Electoral consagra derechos establecidos en la Carta Magna


La actividad se desarrolla en la sede del Consejo Nacional Electoral (CNE)
Tibisay Lucena

PrensaMppdpsgg (Irmary Díaz/ 09.08.2016).- La presidenta del Consejo Nacional Electoral (CNE), Tibisay Lucena, explicó las tres etapas para la solicitud del referéndum revocatorio, las cuales consagran los derechos que garantizan los procesos de participación en el país.

Lucena acotó que existen cuatro condiciones fundamentales para establecer el referendo revocatorio por medio de la Constitución, por lo que subrayó que "para consagrar los derechos establecidos en la Carta Magna se hace presente el Poder Electoral a fin de garantizar los procesos de participación en el país".

La rectora del órgano electoral indicó con relación a la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, que el artículo 70 del capítulo IV de los Derechos Políticos y del Referendo Popular, describe que "los procesos electorales son medios de participación y protagonismo del pueblo en ejercicio de su soberanía, en lo político: la elección de cargos públicos, el referendo, la consulta popular, la revocatoria del mandato, la iniciativa legislativa, constitucional y constituyente, el cabildo abierto y la asamblea de ciudadanos y ciudadanas cuyas decisiones serán de carácter vinculante, entre otros; y en lo social y económico, las instancias de atención ciudadana, la autogestión, la cogestión, las cooperativas en todas sus formas incluyendo las de carácter financiero, las cajas de ahorro, la empresa comunitaria y demás formas asociativas guiadas por los valores de la mutua cooperación y la solidaridad".

Por otra parte, hizo mención a los cuatro tipos de referendo revocatorio que establece la Carta Magna, los cuales son: Consultivo, revocatorio, aprobatorio y abrogatorio, resaltando que "en Venezuela existe una democracia participativa y protagónica".

Fin._

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