Declarados documentos del golpe y contragolpe de abril 2002 como Bienes de Interés cultural


Carta del Comandante Chávez en Turiamo desmintiendo su renuncia es Patrimonio cultural de Venezuela

Prensa MPP- Despacho (Eleonor Sánchez/ 12.04.2024).- Este jueves, Ernesto Villegas, ministro Instituto de Patrimonio Cultural (IPC) informó a través de su cuenta en la red social X, sobre la providencia administrativa suscrita por la presidenta del IPC, Dinora Cruz, mediante la cual declara como Patrimonio Cultural de Venezuela toda la documentación histórica vinculada al golpe y contragolpe de abril de 2002.

También compartió por esa vía los 5 artículos que contempla la providencia.

A continuación el texto íntegro de la providencia posteada por el ministro para Cultura en su cuenta de red social X:

"Artículo 1.
Se declara BIEN DE INTERÉS CULTURAL de la República Bolivariana de Venezuela como elementos de la Memoria Histórica de la Nación los documentos audiovisuales y radiofónicos que se encuentran registrados en las redes y medios de comunicación social, así como los testimonios de los actores políticos protagonistas y testigos de los hechos sucedidos durante los días 11, 12, 13 y 14 de abril de 2002, así como la carta escrita de puño y letra en cautiverio por el Comandante Hugo Chávez Frías, en la cual desmiente su renuncia a la Presidencia y la bibliografía histórica que recoge la gesta cívico-militar como factor determinante para impedir las pretensiones conspirativas que acechan a la República Bolivariana de Venezuela.

Artículo 2.
El Estado velará por fomentar la difusión, conservación, preservación y salvaguarda de los elementos de la Memoria Histórica de la Nación, los documentos audiovisuales y radiofónicos que se encuentran registrados en las redes y medios de comunicación social, así como los testimonios de los actores políticos protagonistas y testigos de los hechos durante los días 11, 12, 13 y 14 de abril de 2002, así como la carta redactada y escrita por puño y letra en cautiverio por el Comandante Hugo Chávez Frías, por parte de organismos públicos y privados, responsables de garantizar el mantenimiento de su valores en el espacio y el tiempo.

Artículo 3.
Se le instruye al Archivo General de la Nación la sistematización y resguardo de todos los elementos Memoria Histórica de la Nación vinculados con los sucesos de 11, 12, 13 y 14 de abril de 2002, a través de un repositorio digital para su protección, preservación, promoción y salvaguardia de dichos elementos de la memoria histórica.

Artículo 4.
Se acuerda notificar del presente acto al Ministerio del Poder Popular para la Cultura, Ministerio del Poder Popular para las Relaciones Interiores Justicia y Paz, Ministerio del Poder Popular para Educación, así como a Gobernadores y alcaldes de todo el país.

Artículo 5. Se ordena la inscripción del mencionado Bien de Interés Cultural en el Registro del Patrimonio Cultural de Venezuela del Instituto del Patrimonio Cultural.

Artículo 5.
Se ordena la publicación de la presente Providencia Administrativa en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela".
Foto: @VillegasPoljak







Sitio WEB desarrollado por la:
Oficina de Tecnologías de la Información y la Comunicación del
Ministerio del Poder Popular del Despacho de la Presidencia y Seguimiento de la Gestión de Gobierno
- Copyright 2020 -